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División de Servicios de Agencias y Agentes
  

MEDIADOR DE RECLAMACIONES

TIPO Y CLASE:

00-56 Mediador de Reclamaciones

Florida Statutes 627.7015 and 627.745 defines "MEDIATOR OF CLAIMS" as in any that filed with an insurer for personal injury in an amount of $10,000 or less or any claim for property damage in any amount, arising out of the ownership, operation, use, or maintenance of a motor vehicle, either party may demand mediation of the claim prior to the institution of litigation.

El departamento aprobará los mediadores y para estos casos los seleccionará al azar.

Todos los mediadores deben presentar una solicitud bajo juramento al departamento para su aprobación (Solicitud de Mediador).

Requisitos del estado:

Debe haberse completado dentro de los últimos cuatro años:

  • El solicitante tiene que haber completado exitosamente un programa de capacitación de 40 horas y aprobado satisfactoriamente el examen final aprobado por el Departamento de Servicios Financieros de la Florida (Enlace a programas de capacitación aprobados)  (Adjunte una copia de su certificado de finalización del programa); y
  • Poseer título de Maestría o Doctorado en psicología, orientación psicopedagógica, negocios, contabilidad o economía (Adjunte una copia de su expediente académico oficial); o
  • Ser miembro del Colegio de Abogados de la Florida (Adjunte una copia tamaño billetera de su licencia); o
  • Tener licencia como contador público certificado (Adjunte una copia tamaño billetera de su licencia); o
  • Haber estado activamente involucrado como Mediador calificado durante al menos (4) años antes del 1 de julio de 1990, como mediador certificado de la corte de derecho de familia o de circuito en la Florida con pruebas de la mediación llevada a cabo durante el período de cuatro años; o poseer requisitos similares de otro estado (Brindar documentación suficiente para confirmar su entrenamiento y experiencia).