El establecimiento de una nueva agencia estatal o la reorganización de una existente requieren de la coordinación con el Oficial Principal de Finanzas (CFO) y la agencia estatal en cuestión. Las agencias en las que se lleve a cabo una reorganización deben permanecer en estrecho contacto con la oficina del Oficial Principal de Finanzas durante la transición. Se ha creado una Guía para ayudar a las agencias con aspectos que deben tener en cuenta en el caso de una reorganización.
Las agencias son responsables de registrar las propiedades personales tangibles en los sistemas financieros del Estado y de llevar a cabo una revisión periódica de las propiedades para fines de inventario. También deben respetar las políticas de capitalización para las propiedades registradas en los sistemas financieros del Estado. Para informar sobre referencias relacionadas, las agencias pueden acceder a los siguientes enlaces:
Asientos Contables de Activos Fijos y Deudas a Largo Plazo
Códigos de Clase de Propiedad
Las agencias que necesiten la aprobación del Oficial Principal de Finanzas para eliminar el asiento de propiedades desaparecidas, extraviadas o robadas para fines de informes financieros, pueden acceder a la planilla de solicitud de eliminación de asiento en el siguiente enlace:
Formulario de Eliminación de Asiento de Propiedad DFS-A1-1951
Las agencias del estado deben enviar las solicitudes de pago al Oficial Principal de Finanzas en un lapso no mayor a 20 días luego de la recepción de la factura y la inspección y aprobación de los bienes y/o servicios.
El Oficial Principal de Finanzas utiliza procedimientos de auditoría generalmente aceptados para el muestreo de las solicitudes de pago. Si desea información sobre políticas u otro tipo de ayuda en relación con la auditoría de pagos, vea a continuación:
Guía de Referencia para Gastos del Estado
Según la Sección 215.89 de los Estatutos de la Florida, el Oficial Principal de Finanzas debe recomendar planes de cuenta uniformes para comunicar la información financiera de agencias del estado, gobiernos locales, entidades educativas y entidades de educación superior. Las recomendaciones deben enviarse al Gobernador, al Presidente del Senado y al Presidente de la Cámara de Representantes antes del 15 de enero de 2014.
Las agencias del estado son responsables de ejecutar servicios por contrato y acuerdos de subvención que cumplan con las pautas establecidas en las Secciones 215.971 y 287.058 de los Estatutos de la Florida. Los servicios por contrato (incluidas las órdenes de compra) y acuerdos de subvención que tengan un valor de $750,000 o más deben enviarse a la Oficina de Auditoría para la revisión del alcance del trabajo del acuerdo. Además, los acuerdos de servicios por contrato y las órdenes de compra que se basen en contratos de término del estado y tengan un valor de $500,000 o más también deben enviarse a la Oficina de Auditoría para su revisión.
Los administradores de contrato de las agencias del estado se ocupan de certificar que los servicios se hayan recibido de manera satisfactoria y que el pago se efectúe a término. Los administradores que sean responsables de contratos que superen el monto máximo de la Categoría Dos deben asistir a la capacitación sobre el control de contratos y administración de subvenciones del Oficial Principal de Finanzas.
Si desea información sobre políticas u otra ayuda relacionada con los servicios por contrato y acuerdos de subvención, vea a continuación:
Guía de Usuario para Agencias sobre el Sistema de Auditoría de Contratos (CAS)
Formulario de Resumen de Contrato
Sistema de Seguimiento de Contratos de la Florida (FACTS)
Según la Sección 17.20 de los Estatutos de la Florida, el Oficial Principal de Finanzas tiene la autorización para administrar un programa de cobro de deudas a nivel estatal. Consulte la información detallada a continuación.
PowerPoint del Taller sobre Cobro de Deudas 2019
Las agencias del estado que trabajen con cobradores de deudas en el marco del contrato estatal deben utilizar el formulario estándar de referencia de cuentas. Las agencias pueden acceder al formulario a continuación:
Formulario de Referencia para Cobro de Deudas - DFS-A1-1829
Las agencias del estado tienen la responsabilidad de enviar un informe anual hasta el 1 de Octubre de cada año, de conformidad con la Sección 17.20(4) de los Estatutos de la Florida. Consulte la plantilla de informe a continuación.
Formulario de Informe Anual para Reclamaciones de Recaudación
Las agencias del estado que soliciten eliminar el asiento de cuentas por cobrar consideradas incobrables para fines de informes financieros pueden acceder al formulario a continuación.
Solicitud de Formulario de Asiento de Cuentas por Cobrar
El Oficial Principal de Finanzas elabora el Informe Financiero Anual Integral (CAFR) en conformidad con la Sección 216.102 de los Estatutos de la Florida y de acuerdo a principios contables aceptados de manera general, según lo dicta la Junta de Estándares Contables Gubernamentales. Los Estatutos requieren que las agencias trabajen en conjunto con el Oficial Principal de Finanzas para completar el CAFR. En los siguientes enlaces, las agencias pueden encontrar referencias relacionadas con informes financieros y los documentos requeridos para el envío.
Representaciones de la Agencia - Adjunto para Obtener Información Adicional
Representaciones de la Agencia - Subsidios Federales
Representaciones de la Agencia - Estados Financieros
Lista de Unidad de Componentes
Cronograma de Cierre del Informe Financiero Anual Integral
Carta de Declaración de Compromiso Financiero
Códigos del Libro Mayor - Unidades de Componentes Presentadas Separadamente
Códigos del Libro Mayor - Fondos Gubernamentales/de Propiedad
Comparación del Libro Mayor - Fondos Fiduciarios
Programa de Implementación de la Junta de Estándares Contables Gubernamentales (GASB)
Bases de Datos de Estados Financieros:
Compleción del Formulario 3
Guía de Estados Financieros del Estado de la Florida
Programa Consolidado para Financiación de Equipos (CEFP)
Para garantizar que las agencias del estado tengan acceso a las mejores tasas de interés y términos financieros, el Oficial Principal de Finanzas ha establecido un acuerdo maestro de financiación de equipo para la financiación consolidada de pagos diferidos, ventas a plazos o compras de alquileres a instituciones financieras, de conformidad con la Sección 287.064 de los Estatutos de la Florida. Las agencias que tengan interés en participar en el Programa Consolidado para Financiación de Equipos (CEFP) pueden acceder al acuerdo maestro de financiación de equipo y a la solicitud del CEFP en los siguientes enlaces.
Acuerdo Maestro de Financiación de Equipo (MEFA)
Contrato de Rendimiento con Ahorro Energético, de Agua y Aguas Residuales Garantizado
La Sección 489.145 de los Estatutos de la Florida incluye pautas relacionadas con la inversión en el ahorro de energía, agua y producción de agua residuales, y medidas de conservación para que las instalaciones de agencias reduzcan el consumo de energía y agua y la producción de aguas residuales, además de implementar ahorros inmediatos y a largo plazo. Las agencias del estado deben obtener la aprobación del Oficial Principal de Finanzas antes de entablar un contrato de rendimiento con ahorro energético, de agua y aguas residuales garantizado. Las agencias del estado pueden acceder al siguiente enlace para ver los requisitos de presentación.
Arriendo de Equipos
La Sección 287.063 de los Estatutos de la Florida exige que las agencias del estado obtengan la aprobación del Oficial Principal de Finanzas antes de entablar un contrato de mercancía que requiera pagos diferidos y el pago de intereses, incluido el alquiler de equipos. Las agencias del estado pueden acceder al siguiente enlace para ver los requisitos de presentación.
Solicitud para Alquiler de Equipos
Los Recursos de Información Contable de la Florida (FLAIR) ofrecen un sistema contable de libro mayor general que se utiliza para llevar a cabo las funciones de administración contable y financiera del Estado.
La Auditoria Única de la Florida (FSAA) fue establecida en 1998 para fomentar una auditoría de los aspectos económicos y de eficiencia relacionados con la asistencia financiera del estado a entidades no estatales.
Las agencias del estado deben evaluar la aplicabilidad de la FSAA a un programa estatal para la inclusión en el Catálogo de Ayuda Financiera del Estado (CSFA). Al finalizar un año fiscal, las agencias deben revisar sus Proyectos Estatales y notificar al DFS si es necesario agregar, eliminar o modificar algo. Una vez que se haya determinado un programa estatal, la agencia del estado deberá evaluar la aplicabilidad de la FSAA a las entidades no estatales.
Los siguientes procedimientos establecen los requisitos de responsabilidad y auditoría del estado para la asistencia financiera estatal provista a entidades no gubernamentales:
El Consorcio de Subvenciones de la Florida es un grupo que incluye administradores de subvenciones, especialistas financieros, administradores y empleados asociados del Estado de la Florida, responsables del uso adecuado de los fondos de subvenciones Estatales, Federales y/o privadas administradas por el Estado de la Florida.
Para obtener más información, haga clic aquí.
The Ledger: Boletín Informativo de la División de Contabilidad y Auditoría
El objetivo de esta publicación es compartir información pertinente con ustedes, nuestros clientes, y también crear un vehículo para colaborar y compartir ideas y mejores prácticas, grandes o pequeñas. Siéntase en libertad de compartir esta publicación con sus colegas y nos encantaría recibir sus comentarios sobre los temas que estamos discutiendo.
Ver ediciones de The Ledger:
Debajo hay información útil que ayudará a las agencias con actividades de nómina de pagos relacionadas con el procesamiento del pago de salario a empleados estatales:
Sección de Procesamiento de Nómina:
Sección de Cobros:
Sección de Registros de Empleados:
Sección de Impuestos y Conciliación:
Formularios Relacionados con la Nómina de Pagos
Manual de Preparación de Nóminas
Sitio Web para Personal Maestro de EIC
El programa de la Tarjeta de Compras (P-Card) es un esfuerzo conjunto entre agencias del estado para agilizar el proceso de compra en transacciones de montos pequeños de dinero. Basándose en un conjunto de pautas estatales, cada agencia confecciona un programa que se adapta a sus necesidades. Además, cada agencia tiene la responsabilidad de garantizar que su programa de P-Card se ajuste a las medidas de responsabilidad y control adecuadas.
A continuación hay información adicional sobre el programa de P-Card.
Página Principal de la Tarjeta de Compras para Agencias
Para ayudar al Oficial Principal de Finanzas a preparar el Programa Estatal de Gastos de Subvenciones Federales, las agencias estatales deben presentar su información de gastos federales con el siguiente formulario:
El Formulario del SEFA DFS-A1-1830 se encuentra aquí.
Las agencias del estado deben obtener la autorización y la aprobación para todos los viajes de negocios oficiales del estado.
Formularios de Viajes del Estado:
Formulario de Adelanto para Viajar
Formulario de Reembolso de Viaje
Archivo de Proveedores del Estado
El Archivo de Proveedores del Estado en FLAIR (SWVF) es el depósito central donde el Estado almacena la información de los proveedores. Las agencias utilizan este archivo para transacciones e informes de pago. El Departamento de Servicios Financieros (DFS) utiliza la información del SWVF para garantizar la transparencia de informe de impuestos y sitios web al Servicio de Rentas Internas. El DFS otorga acceso al SWVF a las agencias del estado. Para más información con respecto al SWVF, vea a continuación:
Guía de Referencia del Archivo de Proveedores del Estado
Formulario de Solicitud de Acceso al Archivo de Proveedores de Todo el Estado DFS-A1-2089
Formulario de Solicitud de Actualización del Archivo de Proveedores de Todo el Estado DFS-A1-2090
El DFS solicita que las agencias del estado alienten a los proveedores a participar en el Depósito Directo. Con el Depósito Directo, los fondos de un cliente están disponibles cuando la institución financiera abre las puertas para la actividad comercial en la fecha de pago.
Formulario de Depósito Directo/EFT para Proveedores
Las agencias no pueden retener pagos si un proveedor no está registrado para depósitos directos.
Los proveedores pueden solicitar una garantía por duplicado o iniciar una investigación de falsificación mediante la agencia de pago completando uno de los formularios a continuación.
Affidávit para Duplicado de Garantía con Instrucciones (DFS-A1-408)
Affidávit de Testimonio sobre Falsificación con Instrucciones (DFS-A1-409)
Otros Enlaces:
Tasas de Interés de Pagos de Sentencias
Página de Inicio de Proveedores
Historial de Pago de Proveedores
Destinatarios de Embargos Salariales
Garantías de Gastos Pendientes de Pago por más de $500
El Servicio de Rentas Internas requiere que el Departamento de Servicios Financieros (DFS) presente un Formulario-1099 para proveedores que reciban distintos tipos de pagos del Estado de la Florida. El DFS envía estos formularios a los proveedores antes del 31 de enero de cada año. Para informar datos precisos en el Formulario-1099, el DFS debe obtener un Formulario W-9 de cada proveedor. Antes de hacer negocios con el proveedor, las agencias deben verificar que este tenga un Formulario W-9 Sustituto de la Florida registrado en el DFS.
Las agencias pueden usar el Almacén de Información de FLAIR para verificar que un proveedor tenga un Formulario W-9 Sustituto de la Florida registrado.
Para solicitar una corrección al Formulario 1099 emitido por el Estado de la Florida, las agencias deben completar la Solicitud de Corrección al Formulario 1 y el Formulario DFS-A2086-1099 del DFS. La Oficina de Relaciones con el Proveedor devolverá todas las solicitudes de actualización que no se envíen en la Solicitud de Corrección al Formulario 1099.
Información útil sobre el Formulario W-9:
Muestra de Comunicado W9 para Agencias
Almacén de Información de FLAIR
Solicitud de Corrección al Formulario 1099
Instrucciones para Completar un Formulario W-9 Sustituto en Línea
Códigos de Objetos Estándar Estatales para Ediciones del W-9