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Proveedores de Cuidados de Salud


Esta sección está diseñada para ayudar a los proveedores de cuidados de salud a conocer más acerca de sus responsabilidades en el sistema de compensación legal por accidentes de trabajo y brinda importantes recursos y herramientas para ayudarlos a cumplir sus obligaciones conforme a la ley. La Sección 440.13, Estatutos de la Florida (F.S.) y Capítulo 69L-7, Código Administrativo de la Florida (F.A.C.), aborda las responsabilidades de los proveedores de cuidados de salud para participar y brindar con éxito tratamientos médicos según el sistema de compensación legal por accidentes de trabajo. Para obtener información adicional específica al rol de los proveedores de cuidados de salud en el Sistema de Compensación Legal por Accidentes de Trabajo de la Florida, ingrese a los enlaces que aparecen a continuación.

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