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Audits and Reports

Auditorías

El Equipo de Revisión de Administración de Contratos de la Oficina de Auditoría, tal como lo autorizan las Secciones 17.03, 215.971(3) y 287.136 de los Estatutos de la Florida, audita las agencias del Estado para evaluar si la administración ha establecido e implementado procesos de monitoreo de remitibles de contratos que promueven un nivel apropiado de supervisión y control sobre el cumplimiento y la recepción de remitibles importantes y la autorización de pagos para remitibles facturados. Las auditorías generan un informe por escrito para la agencia del Estado y la agencia brinda una respuesta y un plan de medidas correctivas para abordar los resultados y las recomendaciones incluidas en el informe.

N.º de InformeFechaAgencia del Estado
2018-0113 de Agosto de 2018Departamento de Salud
2019-025 de Febrero de 2019Departamento de Justicia Juvenil
2019-031 de Abril de 2019Departamento de Oportunidades Económicas
2019-0413 de Mayo de 2019Departamento de Lotería
2019-0512 de Agosto de 2019Departamento de Transporte
2019-064 de Septiembre de 2019Departamento de Correccionales
2019-0717 de Octubre de 2019Departamento de Cítricos
2019-0823 de Octubre de 2019Departamento de Servicios de Administración
2019-0931 de Enero de 2020Comisión Administrativa de Justicia
2019-1026 de Marzo de 2020 Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor
2024-0112 de Febrero de 2024Departamento de Justicia Juvenil
2024-0215 de Abril de 2024Agencia para Personas con Discapacidades
2024-033 de Mayo de 2024Departamento de Salud
2024-0431 de Mayo de 2024Departamento de Correccionales

La Sección 28.35(2)(e), Estatutos de la Florida, estipula que la Oficina de Auditoría del Departamento de Servicios Financieros (DFS) llevará a cabo auditorías de los gastos de Secretarios individuales del Tribunal de Circuito. Esto incluye la auditoría de los gastos de fondos del Estado relacionados con el tribunal para garantizar el cumplimiento con la Sección 28.35(3), Estatutos de la Florida, y para determinar si los gastos se autorizaron, registraron y respaldaron como corresponde. El DFS es responsable de llevar a cabo estas auditorías cada tres a cinco años. Las auditorías permiten generar un informe por escrito para los Secretarios y los Secretarios deberán proporcionar una respuesta y un plan de medidas correctivas para abordar las conclusiones y recomendaciones de los informes.

La revisión de la Oficina incluye una evaluación para determinar lo siguiente:

  • ¿El acuerdo establece claramente las tareas a realizar por el proveedor? (Alcance del Trabajo)
  • ¿El acuerdo divide el contrato en unidades cuantificables, mensurables y verificables de productos o servicios que deben ser recibidos y aceptados antes de efectuar el pago?
  • ¿El acuerdo especifica las consecuencias financieras que la agencia debe aplicar si el proveedor no cumple con el contrato?
  • ¿El acuerdo hace referencia o incluye las otras disposiciones de la Sección 287.058, Estatutos de la Florida?
  • ¿El acuerdo hace referencia o incluye las disposiciones de la Sección 287.0582, Estatutos de la Florida?
  • Fueron las actividades de administración de contratos de la agencia suficientes (solo para Revisiones de Administración de Contratos)

Año FiscalContratos RevisadosContratos con DeficienciasTasa de Errores y Deficiencias en Contratos
2010 - 201144515735%
2011 - 201260027646%
2012 - 201389849455%
2013 - 201488537442%
2014 - 2015115041336%
2015 - 2016126038831%
2016 - 2017148929820%
2017 - 2018125816013%
2018 - 2019111215414%
2019 - 202099212913%
2020 - 202113031038%
2021 - 202212981239%
2022 - 2023126718114%
2023 - 20241279*15111%

*Datos del año hasta la fecha: del 07/01/2023 al 04/30/2024.

La Oficina revisa conciliaciones que imponen obligaciones al Estado o la agencia de usar fondos estatales para liquidar una deuda pendiente con una persona, entidad o grupo de personas cuando el monto adeudado se encuentra bajo disputa, como, entre otros, los siguientes ejemplos de disputas:

  • Los servicios se suministraron antes o después de la fecha de vigencia de un contrato firmado
  • Los servicios se suministraron sin un contrato firmado
  • Se suministraron servicios adicionales que no fueron incluidos en el contrato firmado
  • Los montos superan el monto del contrato firmado
  • Se violó un contrato firmado, u otros problemas o disputas relacionados con un contrato

Informes

La Sección 17.20(5) de los Estatutos de la Florida exige que el Oficial Principal de Finanzas prepare un informe anual sobre el cobro de deudas. El informe incluye el monto de las demandas a cobrar, el monto de las demandas pendientes y el monto de las demandas cobradas por cada agencia estatal.

La fecha límite para enviar el Informe Financiero Anual (AFR) al Departamento de Servicios Financieros para los gobiernos locales es nueve meses después del cierre del año fiscal. Para los gobiernos cuyo cierre es el día:

  • 31 de marzo, la fecha límite es el 31 de diciembre.
  • 30 de junio, la fecha límite es el 31 de marzo.
  • 30 de septiembre, la fecha límite es el 30 de junio.
  • 31 de diciembre, la fecha límite es el 30 de septiembre.

Envíe el AFR a través del sistema de Informe Electrónico del Gobierno Local (LOGERx).

Ingreso a LOGERx

Evaluación de Costos y Recargos Adicionales de Tribunales, de conformidad con la Sección 939.185 de los Estatutos de la Florida: Si la Junta de Comisionados del Condado adopta el costo opcional adicional de tribunales de $65, las evaluaciones adicionales deben justificarse de forma individual por el condado en el cual tuvo lugar la ofensa. Luego de la adopción, el costo adicional debe ser impuesto por el tribunal cuando una persona se declara culpable o "nolo contendere", o si se la halla culpable de un delito grave, un delito menor o un delito de tráfico según las leyes de este estado. Estos informes deben enviarse de manera trimestral a más tardar 30 días después de la finalización del trimestre.

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Lista de Programas

Access submitted reports

El Informe de Funciones Relacionadas con Tribunales Financiadas por Condados, de conformidad con la Sección 29.0085 de los Estatutos de la Florida, debe presentarse ante el Departamento de Servicios Financieros antes del 31 de enero. Este informe debe enviarse junto con la Declaración de Conformidad (Declaración) con las Secciones 29.008 y 29.0085 de los Estatutos de la Florida del auditor independiente del condado.

Access submitted reports

El objetivo del Proyecto de Gestión de Datos es estandarizar y eliminar la información de FLAIR a fines de proporcionar información precisa y válida en el sistema Contable del Estado. De este modo se optimizan los Informes Financieros y los datos disponibles al público. La finalización de este proyecto permitirá que los usuarios del sistema y otras partes interesadas utilicen información contable uniforme y claramente definida a nivel estatal. Al gestionar los datos de la agencia ahora, podemos prepararnos para el futuro a medida que el Estado hace su transición a un nuevo sistema de contabilidad, Florida PALM.

El Departamento de Servicios Financieros solicita que las agencias estatales revisen sus datos en los archivos de Filiales e Información de FLAIR para determinar si los registros son precisos, válidos y están completos. Al efectuar esta revisión, las agencias estatales pueden determinar que un registro contable ya no es válido ni preciso y que no está completo, y es posible que deban actualizar o eliminar datos. Durante todo este proyecto, los Logros Trimestrales se publicarán para identificar las actividades de limpieza de datos llevadas a cabo a nivel empresarial.

La Sección 216.102(3) de los Estatutos de la Florida exige que el Oficial Principal de Finanzas publique un ACFR de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados. El ACFR incluye los estados financieros auditados, divulgaciones de notas y demás información suplementaria requerida, y presenta la condición financiera del estado al cierre del año fiscal y el resultado de las operaciones durante el año fiscal.

El SEFA se prepara de conformidad con la circular A-133 de la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB) de los Estados Unidos y representa las asignaciones federales desembolsadas por el estado durante el año fiscal. Las enmiendas a la ley de auditoría única de 1996 (derecho público 104-156) y la circular A-133 de la OMB definen las asignaciones federales como asistencia financiera federal y contratos federales de reembolso de costos que las entidades no federales reciben de forma directa de parte de agencias federales o de manera indirecta a través de entidades de transferencia.

Conforme a la Sección 215.195, Estatutos de la Florida, y de acuerdo con las normas federales establecidas por la Oficina de Administración y Presupuesto de los Estados Unidos, el Departamento de Servicios Financieros (DFS) prepara un Plan Estatal de Asignación de Costos (SWCAP) cada año. El SWCAP permite al Estado identificar costos asociados con la administración general del Estado y cobrar una porción de estos costos a los Programas Federales. El Departamento de Salud y Servicios Humanos aprueba el informe del SWCAP, que incluye las siguientes secciones: Cronograma H - Resumen de Costos Fijos (Anexo A), Sección I - Propuesta, Sección I - Documentos de Respaldo y Sección II - Servicios Facturados.

La Sección 17.32 de los Estatutos de la Florida exige que el Oficial Principal de Finanzas prepare un informe anual en el que se detallen todos los fondos fiduciarios. El informe incluye las ganancias y los desembolsos del año fiscal anterior y el saldo de caja final al terminar el año fiscal de cada fondo fiduciario.

La Sección 215.3206(3) de los Estatutos de la Florida exige que el Oficial Principal de Finanzas prepare un informe anual en el que se detallen todos los fondos de fideicomisos que estén exentos de finalización automática y sus ganancias por categoría principal para los últimos cuatro años fiscales. Este informe también incluye una lista de los fondos de fideicomisos que ya cuenten con fecha de finalización.

 
Presentación Obligatoria La Sección 215.179, Estatutos de la Florida, exige la presentación de las cartas de solicitud de asignación, que se describen en la s. 179D(d)(4) del Código Interno de Ingresos y el Aviso 2008-40 del Servicio de Impuestos Internos (IRS), ante el Departamento de Servicios Financieros.