Información y Formularios sobre Requisito de CEU
Descripciones de Licencias
Todas las compañías e individuos que participan en negocios en este estado como Vendedores de Bengalas Distribuidores de Equipos contra Incendios Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios Fabricantes, Distribuidores y Usuarios de Explosivos, y Minas de Materiales para Construcción tienen licencias a través de la Sección de Licencias de Regulación.
El criterio de solicitud para:
Distribuidores de Equipos para Incendios está situado en la Sección 633.304, Estatutos de la Florida; Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios está situado en la Sección 633.318, Estatutos de la Florida. Capítulo 552, Estatutos de la Florida, rige el de Fabricantes, Distribuidores y Usuarios de explosivos, y Minas de Materiales para Construcción. Capítulo 791 rige la venta de bengalas
Las disposiciones del Código Administrativo de la Florida rigen todas las industrias de la siguiente manera:
- Capítulo 69A-21, Distribuidores de Equipos para Incendios
- Capítulo 69A-46, Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios
- Capítulo 69A-2, Explosivos, Construcción y Minería
- Capítulo 69A-50, Bengalas
Seguimiento y Aprobación de Educación Continua En Línea
Los Titulares de Permisos y Distribuidores de Sistemas Prediseñados y Extintores Portátiles y los Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios tienen acceso al sistema de educación continua para buscar los cursos disponibles de entrenamiento, consultar sobre su estado de educación continua y averiguar sobre los requisitos para la renovación del certificado de educación continua. Para ir a la Página de Registro En Línea, vea el siguiente enlace: Seguimiento de Educación Continua En Línea.
Los Distribuidores de Equipos contra Incendios pueden tener licencia en una o más de las siguientes clases. Puede encontrar una descripción completa del alcance del trabajo para cada clase en la Sección 633.304, Estatutos de la Florida:
- Clase A (0701)
- Clase B (0702)
- Clase C (0703)
- Clase D (0704)
Los solicitantes de licencias como Distribuidor de Equipos para Incendios o como Técnicos de Equipos para Incendios, completarán y presentarán un formulario, proporcionando toda la documentación de apoyo requerida ( Sección 633.304, Estatutos de la Florida):
- Solicitud para Distribuidores de Equipos contra Incendios: Formulario DFS-K3-32
- Solicitud de Permiso para Equipos contra Incendios: Formulario DFS-K3-31
REQUISITOS DE LICENCIA PARA EQUIPOS PARA INCENDIOS:
Deben tener 18 años de edad.
Deben tener 4 años de experiencia comprobable como Titular de Permiso para Equipos para Incendios de la siguiente manera:
- Clase A: Requiere 4 años de experiencia como titular de permiso de Clase 1
- Clase B: Requiere 4 años de experiencia como titular de permiso de Clase 1 o 2.
- Clase C: Requiere 4 años de experiencia como titular de permiso de Clase 1, 2 o 3.
- Clase D: Requiere 4 años de experiencia como titular de permiso de Clase 4
Nota: La experiencia como titular de un permiso, tal como se describe anteriormente, puede combinarse con una educación equivalente para cumplir el requisito esencial de 4 años de experiencia.
No debe haber sido condenado o declarado mediante admisión de culpabilidad por algún delito mayor. Si fuera sentenciado así, se debe presentar una prueba de restablecimiento de los derechos civiles junto con la solicitud.
La solicitud debe estar acompañada de evidencia de inscripción como Corporación de la Florida o evidencia de cumplimiento con la Ley de Nombre Ficticio.
El solicitante debe presentar evidencia de cobertura de seguro que cumpla con los requisitos de la Sección 633.304, Estatutos de la Florida. La prueba de cobertura se pueden presentar en un formulario de ACORD.
El solicitante debe cumplir con los requisitos para examen y capacitación de la Sección 633.304, Estatutos de la Florida, y el Código Administrativo de la Florida, 69A-21. La información sobre la capacitación está en la página web del Calendario de Cursos de la Escuela de Bomberos del Estado de la Florida .
El solicitante debe poseer un lugar comercial específico. El Jefe de Bomberos del Estado inspeccionará este lugar comercial antes de que se emita una licencia para determinar el cumplimiento de los requisitos para equipos que establece la Sección 69A-21.104, Código Administrativo de la Florida.
- Todo Distribuidor de Equipos para Incendios que no quiera estar involucrado en negocios de servicios, inspección, recarga, reparación, pruebas hidráulicas o instalación de equipos Halon debe presentar un affidávit en la forma que establece la División de acuerdo con Sección 633.304, Estatutos de la Florida, y Código Administrativo de la Florida 69A-21.102(11), en el Formulario DFS-K3-1482.
- Todo Titular de Permiso para Equipos para Incendios empleado por un distribuidor que tenga una Exención Halon, debe presentar un affidávit como se indica en la Sección 633.304(1)(e), Estatutos de la Florida, en Formulario DFS-K3-1483.
REQUISITOS DE EDUCACIÓN CONTINUA PARA PORTADORES DE LICENCIA DE EQUIPOS PARA INCENDIOS:
Todo distribuidor o titular de permiso de equipos para incendios debe completar un curso o cursos de educación continua cada dos años como está prescrito en Sección 633.304, Estatutos de la Florida, y Código Administrativo de la Florida 69A-21. Lista de Cursos de Educación Continua para Distribuidor de Equipos contra Incendios.
Los Distribuidores y Titulares de Permisos de Equipos contra Incendios deben presentar evidencia de finalización de educación continua cada dos años de acuerdo con la Sección 633.304de los Estatutos de la Florida y el Código Administrativo de la Florida 69A-21.113. Formulario de Presentación de Educación Continua sobre Equipos contra Incendios - Formulario DFS-K3-393
Los Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios pueden tener licencia en una de las clases que figuran a continuación. Puede encontrar una descripción completa del alcance del trabajo para cada clase en la Sección 633.102, Estatutos de la Florida:
- Contratista I (0710 o 0715)
- Contratista II (0712 o 0716)
- Contratista III (0713 o 0717)
- Contratista IV (0714 o 0718)
- Contratista V (0914 o 0915)
Los solicitantes de licencias como Contratista de Protección contra Incendios completarán y presentarán un formulario, proporcionando toda la documentación de apoyo requerida ( Sección 633.318, Estatutos de la Florida):
- Solicitud de Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios: Formulario DFS-K3-23
Los solicitantes de permisos para trabajar como inspectores de protección basada en agua deben completar y enviar un formulario de solicitud, dos fotos a color tamaño pasaporte y un comprobante de certificación NICET o alternativa según lo requiere la Sección 633.318(8), Estatutos de la Florida.
Solicitud de Permiso para Inspector de Protección Basada en Agua: Formulario DFS-K3-1794
REQUISITOS DE LICENCIA PARA CONTRATISTAS DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS:
- Deben tener 18 años de edad.
- El solicitante debe proporcionar evidencia de experiencia de la manera siguiente:
- Contratista I, II, III: 4 años de experiencia comprobable en el empleo a tiempo completo de un Contratista de Sistemas de Protección contra Incendios I, II o III.
Contratista IV: Debe proporcionar evidencia de licencia como Contratista de Plomería Certificado y haber completado satisfactoriamente un programa de capacitación aceptado por el Jefe de Bomberos del Estado equivalente a no menos de 40 horas de contacto con respecto a las normas de aplicación correspondientes según se describe en NFPA 13D.
Contratista V: Debe proporcionar evidencia de licencia como Contratista Certificado de Servicios Subterráneos y Excavaciones con licencia según el Capítulo 489, Estatutos de la Florida, o proporcionar 4 años de experiencia comprobable en el empleo a tiempo completo de un Contratista Certificado de Servicios Subterráneos y Excavaciones.
Nota: Los solicitantes pueden combinar educación equivalente y experiencia como se indica en la Sección 633.318, Estatutos de la Florida, y Código Administrativo de la Florida 69A-46.010.
En lugar de presentar verificación de empleo, un solicitante de Contratista I, II o III puede presentar una copia de una certificación actual NICET de Nivel III o IV como Técnico en Ingeniería de Protección contra Incendios en el subcampo apropiado como se indica en la Sección 69A-46.010, Código Administrativo de la Florida.
- La solicitud debe estar acompañada de evidencia como Corporación de la Florida o evidencia de cumplimiento con la Ley de Nombre Ficticio.
- El solicitante debe presentar evidencia de cobertura de seguro que cumpla con los requisitos de la Sección 633.318, Estatutos de la Florida. La prueba de cobertura se pueden presentar en un formulario de ACORD.
- El solicitante debe cumplir con los requisitos de examen de la Sección 633.318, Estatutos de la Florida. La información de programación se puede obtener en la Sección de Licencias de Regulación en FirePrevention@MyFloridaCFO.com o 200 East Gaines Street, Tallahassee, FL 32399-0342 o (850) 413-3644.
- El solicitante debe ser empleado y estar calificado legalmente para actuar para la organización comercial en todos los temas relacionados con su negocio de contratación y debe tener la autoridad para supervisar y supervisará toda construcción llevada a cabo por dicha organización comercial.
REQUISITOS DE PERMISO PARA INSPECTORES DE PROTECCIÓN BASADA EN AGUA:
- Debe ser contratado por un titular certificado como Contratista tipo I o II.
- Debe proporcionar dos fotos a color tamaño pasaporte del solicitante
- Debe proporcionar una copia de una licencia de conductor emitida por el estado o un documento de identificación
- Debe proporcionar evidencia de uno de los siguientes:
- Instituto Nacional de Certificación en Tecnologías de Ingeniería (NICET), Subcampo de Inspección y Evaluación de Sistemas de Protección contra Incendios, Nivel II
- Entrenamiento y educación equivalente aprobada por la División del Jefe de Bomberos del Estado
Los solicitantes pueden obtener un permiso provisional por un período de dos (2) años si brindan evidencia de lo siguiente:
- Certificación Nivel I del NICET, Subcampo de Inspección y Evaluación de Sistemas de Protección contra Incendios
- Entrenamiento y educación equivalente aprobada por la División del Jefe de Bomberos del Estado
REQUISITOS DE EDUCACIÓN CONTINUA PARA CONTRATISTAS E INSPECTORES DE SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Y BASADOS EN AGUA:
Cada contratista de sistemas de protección contra incendios debe completar un curso de capacitación de educación continua cada dos años conforme a lo que se indica en la Sección 633.332, Estatutos de la Florida, y Código Administrativo de la Florida 69A-46.
Lista de Cursos para Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios.
Cada tenedor de permiso para inspector de protección basada en agua debe tener una certificación del NICET II o equivalente y debe completar 16 horas de educación continua conforme a lo que se indica en la Sección 633.332, Estatutos de la Florida, y Código Administrativo de la Florida 69A-46.
Los Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios deben presentar evidencia de finalización de educación continua cada dos años de acuerdo con Sección 633.332, Estatutos de la Florida, y Código Administrativo de la Florida 69A-46.017. Formulario de Presentación de Educación Continua para Contratistas de Sistemas de Protección contra Incendios – Formulario DFS-K3-1240.
Los Fabricantes, Distribuidores y Usuarios de Explosivos tienen licencia de acuerdo con el Capítulo 552, Estatutos de la Florida. Puede encontrar una descripción completa del alcance del trabajo para cada clase de licencia en la Sección 552.081, Estatutos de la Florida:
- Fabricante-Distribuidor (0405)
- Distribuidor (0605)
- Usuario (0706)
Los solicitantes de licencias para fabricar y distribuir explosivos, vender explosivos o usar explosivos completarán y presentarán un formulario, proporcionando toda la documentación de apoyo requerida (Sección 552.092, Estatutos de la Florida):
- Solicitud de Fabricante-Distribuidor, Distribuidor o Usuario de Explosivos – Formulario DFS-K3-34
- Solicitud de Permiso para Dinamiteros – Formulario DFS-K3-35
REQUISITOS PARA LICENCIAS PARA EXPLOSIVOS:
- El solicitante debe ser mayor de 21 años.
- No debe haber sido condenado por ningún delito grave. Si hubiera sido condenado, deberá adjuntarse a la solicitud una prueba del restablecimiento de los derechos civiles.
- No debe haber sido declarado mentalmente incompetente. Si hubiera sido juzgado así, deberá adjuntarse a la solicitud una prueba del restablecimiento de los derechos civiles.
- Se requiere examen. La información de programación se puede obtener en la Sección de Licencias de Regulación en FirePrevention@MyFloridaCFO.com o 200 East Gaines Street, Tallahassee, FL 32399-0342 o (850) 413-3644.
- Se requiere ficha de huellas digitales. Únicamente se aceptan fichas de huellas digitales otorgadas por la Sección de Licencias de Regulación. Las huellas digitales de los solicitantes deben ser tomadas por un oficial de policía certificado o por un empleado de una agencia de policía cuyo deber es desempeñar servicios de toma de huellas digitales. La tarifa de procesamiento de huellas digitales es $64.00. Esta tarifa debe pagarse en línea en www.identogo.com o puede pagarse por teléfono al (888) 717-5699. Se debe presentar la confirmación del pago de $64.00 de la tarifa de procesamiento con su solicitud de licencia y/o permiso. No se puede procesar la ficha de huellas digitales ni concluir la investigación de antecedentes obligatoria hasta que no se pague la tarifa.
- Se requiere inspección.
Todos los Usuarios de Explosivos deben conservar registros de conformidad con la Sección 552.112, de los Estatutos de la Florida. Dichos registros deben ser conservados durante un período de 5 años y están sujetos a inspección por parte del Jefe de Bomberos del Estado. - Todos los Fabricantes-Distribuidores o Vendedores deben conservar registros de sus actividades de conformidad con la Sección 552.111, de los Estatutos de la Florida. Dichos registros deben ser conservados durante un período de 5 años y están sujetos a inspección por parte del Jefe de Bomberos del Estado.
Las revistas sobre explosivos también están sujetas a una inspección anual realizada por el Jefe de Bomberos del Estado.
Los Fabricantes, Distribuidores, Mayoristas, Minoristas y Minoristas de Temporada de Bengalas están inscriptos conforme al Capítulo 791, Estatutos de la Florida. Se puede encontrar una descripción completa del alcance del trabajo para cada clase de inscripción en la Sección 791.01, Estatutos de la Florida.
- Fabricantes de Bengalas (0760)
- Distribuidores de Bengalas (0761)
- Mayoristas de Bengalas (0762)
- Minoristas de Bengalas (0764)
- Minoristas de Bengalas por Temporada (0763)
Los solicitantes de registros para fabricar, distribuir, vender al por mayor, vender al por menor o vender bengalas por temporada deben completar y enviar una solicitud y proporcionar toda la información requerida ( Sección 791.015, Estatutos de la Florida):
Solicitud para Fabricante, Distribuidor, Mayorista de Bengalas - Formulario DFS-K3-1234
Solicitud para Minorista de Bengalas - Formulario DFS-K3-1534
Solicitud para Minorista de Bengalas por Temporada - Formulario DFS-K3-1233