Volver al trabajo
¿Le han dado el alta para volver a trabajar?
Si su médico ha determinado que usted puede volver al trabajo, hay algunos hechos importantes que usted necesita saber para hacer su transición lo mejor posible. Algunos temas importantes incluyen: (1) Su relación con su empleador, (2) Su elegibilidad para beneficios monetarios, y (3) Su elegibilidad para el tratamiento médico una vez que regrese al trabajo. En los siguientes enlaces encontrará información relacionada con las preguntas más frecuentes sobre estos temas importantes:
¿Qué opciones tengo si no me siento preparado para volver al trabajo?
- En este caso, debe recordar que solo su médico tratante puede colocarlo, o mantenerlo, en situación de baja laboral.
- Debe recordar que si su médico tratante le da el alta para volver al trabajo, la ley le obliga a hacer un esfuerzo de buena fe para reincorporarse al trabajo.
- Según la ley, si no se reincorpora al trabajo o se niega a hacerlo, pierde el derecho a percibir las prestaciones por pérdida de salario (440.15(6), Estatuto de la Florida
En mi línea de trabajo no existe el trabajo ligero. ¿Cuáles son mis opciones?
- Lo más importante que debe recordar es que solo su empresa puede determinar si puede realizar trabajos ligeros o restringidos.
- La compañía de seguros de accidentes de trabajo solo aceptará la opinión de su empresario sobre la disponibilidad de trabajos ligeros o restringidos.
- Por lo tanto, debe asegurarse de que su empleador sea la persona que comunique a la compañía de seguros si usted puede realizar trabajos ligeros o restringidos.
¿Qué hago si mi empleador no respeta las restricciones que me ha impuesto el médico?
- En esta situación, lo más importante que hay que recordar es: no hay que dejar de trabajar.
- Debe ponerse en contacto con el perito de su seguro de compensación por accidentes de trabajo y ponerlo al corriente de la situación.
- También puede ponerse en contacto con su médico de compensación legal por accidentes de trabajo para que reevalúe su orden de darle el alta para volver al trabajo.
- Si su empleador lo envía a casa, debe asegurarse de que éste se compromete a informar a su aseguradora de compensación legal por accidentes de trabajo de que no tiene tareas ligeras o restringidas; de lo contrario, pueden interrumpirse los pagos de sus beneficios.
¿Qué hago si mi empleador me dice que vaya a casa?
- Si su empleador lo envía a casa, debe asegurarse de que éste se compromete a informar a su aseguradora de compensación legal por accidentes de trabajo de que no tiene tareas ligeras o restringidas para usted.
- Si su empleador no facilita esta información a su asegurador, es posible que no pueda recibir una indemnización por los salarios perdidos.
- Si tiene un departamento de personal o de recursos humanos, procure que esa oficina se ponga en contacto con el asegurador y le haga saber que no tienen trabajo ligero para usted.
- También puede llamar a la compañía aseguradora de compensación legal de accidentes de trabajo de su empleador e informar al perito que tramita su siniestro de que su empresa lo ha enviado a casa.
¿Qué hago si el trabajo ligero empeora mi lesión?
- Si cree que el trabajo ligero que le proporciona su empresa está empeorando su lesión, debe ponerse en contacto con su médico de compensación legal por accidentes de trabajo y concertar una cita para que vuelva a evaluar su situación laboral.
- En ese momento, el médico podrá: 1) retirarlo totalmente del trabajo, 2) cambiar sus restricciones laborales o 3) dejar su situación laboral sin cambios.
- Si el médico modifica sus restricciones laborales o deja la situación laboral sin cambios, estaría obligado a volver al trabajo independientemente de sus quejas de dolor o molestias.
- Si no se reincorpora al trabajo o se niega a hacerlo, pierde el derecho a percibir las prestaciones por pérdida de salario a las que pudiera tener derecho.
¿Qué hago si creo que el médico se ha equivocado al reincorporarme al trabajo?
- Puede intentar comentar esta situación con su médico de compensación legal por accidentes de trabajo. Pregúntele si considera oportuno pedir una segunda opinión.
- Si su médico tratante no está dispuesto a pedir una segunda opinión, otra opción sería solicitar un "cambio único de médico" 440.13(2)(f), E.F.
- La ley concede a cada trabajador lesionado un cambio de médico a lo largo de su reclamación.
- Por favor, recuerde: El perito del seguro elige a su nuevo médico. Además, su nuevo médico tendrá que tener la misma especialidad médica que su médico actual.
- Una última opción sería una evaluación médica independiente (IME) 440.13(5), E. F. Debe obtener la aprobación de la aseguradora para la elección del evaluador. Además, usted debe estar preparado para pagar todos los gastos asociados con la evaluación.
¿Qué debo hacer mientras espero mi segunda opinión, cambio único o evaluación médica independiente?
- También debe tener en cuenta que pedir una segunda opinión, un cambio único de médico o una evaluación médica independiente no invalida la orden de reincorporación al trabajo.
- Si no se reincorpora al trabajo en ese momento, pierde el derecho a percibir las prestaciones por pérdida de salario durante todo el periodo de ausencia del trabajo.
- Si decide permanecer de baja hasta obtener una segunda opinión, cambiar de médico o someterse a un IME, deberá pedir a su nuevo médico que restablezca su situación laboral hasta la fecha en que le dieron el alta para volver al trabajo.
- Si el nuevo médico no puede o no quiere ocuparse de su situación laboral con carácter retroactivo, no tendrá derecho a cobrar por el periodo transcurrido entre el momento en que le dieron el alta para volver al trabajo y la fecha en que lo atendió el nuevo médico.
¿Pueden despedirme mientras estoy de baja por incapacidad o tengo que realizar trabajos ligeros?
- Sí, la ley de compensación laboral por accidentes de trabajo no protege al trabajador. Existen algunos aspectos en la ley que prohíbe a un empleador despedir, amenazar con despedir o tratar de coaccionar a un empleado simplemente porque ese empleado presenta una reclamación de compensación de trabajadores.
- Sin embargo, en el Estado de la Florida, un empleador tiene libertad para reasignar, reducir las horas de trabajo o reducir la retribución por hora de un trabajador lesionado. También puede rescindir los servicios de un empleado que esté físicamente incapacitado para desempeñar las funciones de su puesto de trabajo.
Si mi empleador me baja el sueldo porque estoy en trabajo ligero, ¿tengo que vivir con menos dinero?
- La respuesta a esta pregunta depende de si ha alcanzado o no la mejoría médica máxima (MMI) y de la reducción salarial que sufra.
- Si ha alcanzado la MMI, la respuesta a esta pregunta es sí. Una vez alcanzada la MMI, ya no tiene derecho a percibir las prestaciones por pérdida temporal de salario 440.15(2)(a), E.F.; y, por lo tanto, se vería obligado a vivir con menos dinero. Sin embargo, si alcanza la MMI y se le asigna una calificación de incapacidad, puede ser elegible para recibir beneficios de ingresos por incapacidad (consulte la Sección 440.15(3), Estatutos de la Florida).
- Si NO ha alcanzado la MMI y le han dado el alta para volver al trabajo con tareas ligeras o restringidas, y sus restricciones le hacen perder MÁS del 20 por ciento de su Salario Semanal Promedio (AWW) anterior a la lesión, puede tener derecho a percibir prestaciones por Incapacidad Parcial Temporal (TPD).
- Por ejemplo:
- Supongamos que su AWW es de $100 semanales. Si gana $80 o más a la semana mientras realiza trabajos ligeros, NO tendría derecho a recibir ninguna compensación adicional.
- Ahora bien, supongamos que se reincorpora al trabajo con un trabajo ligero y solo puede ganar $70 semanales. Dado que el umbral para tener derecho a la prestación es de $80, la cuantía de su salario perdido "real" sería de $10 (la diferencia entre el umbral de $80 y la cuantía que puede ganar una vez que se reincorpore al trabajo).
- Según la ley, usted tiene derecho al 80 por ciento de su salario perdido "real" en forma de indemnización. Esto significa que la aseguradora de compensación legal por accidentes de trabajo le debería $8 en pagos de beneficios.
- En total, su salario más su indemnización deben sumar $78 semanales.
¿Mi empleador está obligado a pagarme el tiempo que paso acudiendo a las citas médicas?
- No. Ni su empleador ni su aseguradora de compensación legal por accidentes de trabajo están obligadas a pagarle el tiempo que pasa acudiendo a las citas médicas.
- Debe intentar concertar sus citas antes del trabajo, después del trabajo o los fines de semana.
- Si ninguna de estas opciones le sirve y tiene acceso a una licencia por enfermedad o vacaciones, pregunte a su empresa si le permite utilizar la licencia para compensar el sueldo que pierda por acudir a las citas médicas.
Mi empleador quiere darme de baja en la FMLA (Ley de Licencia Familiar y Médica), ¿es legal?
- La FMLA es una ley federal que permite a los empleados tomarse hasta 12 semanas de permiso sin sueldo por asuntos médicos personales o familiares. Durante este periodo de 12 semanas, el empleador no puede despedir a su empleado.
- Dado que la compensación de los trabajadores no protege el puesto de trabajo, algunos empleadores hacen que sus empleados lesionados soliciten cobertura en virtud de la FMLA como medio de preservar el puesto de ese empleado en su empresa.