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Evaluaciones para Empleadores Autoasegurados Individuales


La División exige el pago trimestral de las evaluaciones a los Empleadores Autoasegurados Individuales (ISI). La Unidad de Evaluaciones imputa una prima anual para cada ISI que es la misma prima que un ISI habría pagado si hubiera adquirido un seguro en el mercado de compensación legal por accidentes de trabajo de Florida de manera voluntaria. Esta prima anual se utiliza para determinar las evaluaciones de cada ISI. Los ISI recibirán la hoja de trabajo con los cálculos de la prima anual junto con cuatro facturas de evaluaciones en cuotas trimestrales. La División sigue el algoritmo de primas del NCCI.

Cómputo de las Primas Brutas del Año en Curso/Anterior

Las primas brutas para el año anterior/en curso se determinarán como el producto de la nómina declarada por la empresa para cada clasificación de nómina identificada en el Informe de Nóminas de Pagos de Autoaseguradores, multiplicado por las tasas de primas correspondientes a cada clasificación de trabajo. Las tasas de primas están aprobadas por el Departamento de Servicios Financieros y son publicadas por el Consejo Nacional de Seguros de Compensación (NCCI) https://www.ncci.com/pages/default.aspx.

Las categorías de clasificaciones de las nóminas figuran en el Manual de Clasificaciones Básicas Manuales SCOPES (Manual SCOPES) elaborado por el NCCI. Cuando se actualice el Manual SCOPES, las revisiones de las clasificaciones de trabajos existentes y las categorías de clasificaciones de trabajos adicionales se incluirán en el cómputo de las primas netas.

El Manual de Calificación de la Experiencia, el Manual del Plan Básico y el Manual SCOPES del NCCI se incorporan al cálculo de las primas netas de cada autoasegurador individual evaluadas según las Secciones 440.49(9) y 440.51 de los Estatutos de Florida. Las futuras modificaciones y actualizaciones de este manual se integran automáticamente en estos cálculos.

Si el autoasegurador ha iniciado un Programa para un Lugar de Trabajo Libre de Drogas que cumple con los requisitos legales, las primas brutas de la compañía pueden reducirse en un 5% por el Programa para un Lugar de Trabajo Libre de Drogas. Para obtener los créditos de las primas brutas de cada año, el autoasegurador deberá presentar una autocertificación que indique que el programa para un lugar de trabajo libre de drogas se mantiene en conformidad con los Estatutos de Florida, completando el formulario requerido por la Norma del Código Administrativo de Florida 69L –5: Normas para Autoaseguradores Bajo la Ley de Compensación Legal por Accidentes de Trabajo. La autocertificación debe renovarse cada año. El crédito del 5% de la prima se aplicará de manera prorrateada desde la fecha en que el Departamento recibió la certificación requerida, hasta finales del año para el que se calculan las evaluaciones.

Una vez que la Norma 69L-5 del F.A.C. (Código Administrativo de la Florida) haya sido aprobada, los autoaseguradores que mantengan un Programa de Seguridad que cumpla los requisitos legales podrán ser elegibles para recibir una reducción del 2% de las primas brutas. Para obtener los créditos de las primas brutas de cada año, el autoasegurador deberá presentar una autocertificación que indique que el Programa Seguridad en el Lugar de Trabajo se mantiene en conformidad con los Estatutos de Florida, completando el formulario requerido por la Norma del Código Administrativo de Florida 69L –5: Normas para Autoaseguradores Bajo la Ley de Compensación Legal por Accidentes de Trabajo. La autocertificación debe renovarse cada año. El crédito del 2% de la prima se aplicará de manera prorrateada desde la fecha en que el Departamento recibió la certificación requerida, hasta finales del año para el que se calculan las evaluaciones.

Si el autoasegurador presenta una autocertificación tanto para el Crédito por Lugar de Trabajo Libre de Drogas como para el Crédito por el Programa de Seguridad, los descuentos del 5% y del 2% se aplicarán de forma lineal. Esto significa que el Crédito del Programa de Seguridad del 2% se aplicará a la prima previamente ajustada para el Crédito por Lugar de Trabajo Libre de Drogas del 5%.

Esta prima bruta ajustada se multiplica por un Factor de Modificación de Experiencia que utiliza la experiencia real del autoasegurador individual, en el pago de beneficios de compensación, y las pérdidas previstas basadas en las pérdidas promedio reflejadas en la calificación manual del NCCI de los códigos de clasificación reflejados en la empresa del empleador. Si el autoasegurador individual ha presentado la certificación de un Programa para un Lugar de Trabajo Libre de Drogas y/o un Programa de Seguridad, las pérdidas previstas utilizadas en el cálculo del Factor de Modificación de Experiencia disminuyen en el porcentaje de crédito de la póliza (atribuible a estos dos créditos de primas). La fórmula del Factor de Modificación de Experiencia se publica en el Manual del Plan de Calificación de la Experiencia del NCCI: Normas estatales especiales.

El Programa de Ajuste de Primas de la Clasificación de Contratistas de la Florida prevé un ajuste adicional de las primas para los empleadores cuyo Informe de Nóminas contenga uno o más códigos de clasificación de contratación. Para recibir este crédito, el autoasegurador debe presentar la nómina completa y las horas trabajadas correspondientes al tercer trimestre del año calendario anterior, en el formulario publicado por el NCCI. El crédito de las primas del Programa de Ajuste de Primas de la Clasificación de Contratistas de la Florida solo se aplicará si el autoasegurador presenta la información requerida dentro de los tres años siguientes al final de un periodo de evaluación. El monto del crédito es calculado, por la División de Compensación Legal por Accidentes de Trabajo, en conformidad con las directrices publicadas en los Programas y Planes de Calificación Especial Estatal y Manual Básico del NCCI.

Los ajustes adicionales de las primas incluyen descuentos estándar, gastos constantes, un crédito de construcción y el recargo de primas exigido por la Ley de Reautorización del Seguro contra el Riesgo de Terrorismo.

Las primas netas se multiplicarán por las tarifas de evaluación de la Administración de Compensación Legal por Accidentes de Trabajo y del Fondo de Fideicomiso para Discapacidades Especiales vigentes en la fecha aniversario del año anterior/en curso. Estas evaluaciones se compararán con los montos que el autoasegurador ya había pagado por adelantado para el año anterior/en curso, a fin de determinar si el autoasegurador pagó de más las evaluaciones de ese año o un monto menor.

Si el autoasegurador ha pagado de más por sus evaluaciones del año anterior, se reducirán las evaluaciones anticipadas del año siguiente (por el monto de dicho sobrepago).

Si el autoasegurador ha pagado un monto menor por sus evaluaciones correspondientes al año anterior, se incrementarán las evaluaciones anticipadas para el año siguiente (por el monto del pago insuficiente).

Cómputo de las primas netas que serán evaluadas el próximo año

Las primas netas estimadas para el año siguiente se determinarán mediante los datos de las nóminas del Formulario SI-5 del año anterior, el factor de calificación de experiencia del empleador correspondiente al año siguiente y las tarifas correspondientes a las clasificaciones de trabajo del empleador para el próximo año. La metodología de cálculo de las primas es idéntica, salvo por el hecho de que algunos componentes tendrán un valor diferente debido al cambio de periodo.

Las evaluaciones anticipadas adeudadas para el próximo año son iguales al producto de las primas netas imputadas y las tarifas de evaluación de la Administración de Compensación Legal por Accidente de Trabajo y del Fondo de Fideicomiso para Discapacidades Especiales vigentes en la fecha de aniversario de la calificación de experiencia. Esta evaluación suele realizarse entre 30 y 60 días después de la fecha de calificación de experiencia, dependiendo del momento en que se reciba el Informe de Nóminas de Pagos de Autoaseguradores.

La cantidad total de evaluaciones anuales adeudadas por el autoasegurador para el año siguiente es igual a la suma del pago insuficiente (o de más) de las evaluaciones del año anterior/en curso y la estimación anticipada de las evaluaciones del año siguiente. (Durante el primer año de autoseguro, el total de las evaluaciones anuales no incluirá el componente identificado como pago de más, o pago insuficiente, del año anterior).

Facturas de Evaluaciones Trimestrales del Autoasegurador

La Hoja de Cálculo del Cómputo de las Evaluaciones del Autoasegurador ilustra los cómputos de las evaluaciones del autoasegurador del año anterior/en curso y del año próximo. Se enviará una copia de este formulario al autoasegurador, junto con una copia de cada una de las cuatro Facturas de Evaluaciones Trimestrales del Autoasegurador.

El pago del monto de la evaluación que figura en cada una de las Facturas de Evaluaciones del Autoasegurador debe efectuarse dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha en que la compañía haya recibido la notificación o, si es posterior, en el plazo de 30 días a partir del final del trimestre de la evaluación. La compañía enviará una copia de la Factura de Evaluaciones Trimestrales del Asegurador cuando sea remitido el pago de la evaluación trimestral.

Evaluación de Multa por Pago Atrasado del Fondo de Fideicomiso de la Administración de Compensación Legal por Accidente de Trabajo

Si el autoasegurador no realiza el pago del total de las evaluaciones en la fecha de vencimiento, se impondrá a la empresa una multa civil equivalente al diez por ciento (10%) de la evaluación adeudada de la Administración de Compensación Legal por Accidente de Trabajo. La multa por pago atrasado deberá abonarse al mismo tiempo que la evaluación adeudada, y podrá evaluarse por cada período adicional de 30 días de retraso en el pago de la evaluación del autoasegurador.

No se condonará ninguna multa evaluada en esta sección, a menos que el autoasegurador demuestre que el retraso en el pago de las evaluaciones se debe a circunstancias ajenas. Las quejas de multas adeudadas bajo esta sección se realizarán en conformidad con la Sección 440.021 de los Estatutos de Florida.

La División tiene planeado agregar ISI al sistema START que estará disponible en la primavera del 2016. Para ver una copia de la hoja del Cálculo de Evaluación del Autoasegurado, haga clic aquí. Hoja de cálculo de ISI (próximamente)